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¿La obra social tiene que cubrir el total de los medicamentos?

Los medicamentos tienen que estar cubiertos en un 100 % por la obra social cuando estás internado o tenés un certificado de discapacidad. Te explicamos por qué y cómo hacerlo valer.

tvsana agradece a la Dra. Silvana Alonso 

Los medicamentos tienen que estar cubiertos en un 100 % por la obra social cuando estás internado o tenés un certificado de discapacidad. Te explicamos por qué y cómo hacerlo valer. 

La ley dispone que todas las obras sociales y las empresas de medicina prepaga deben cubrir el monto total de los medicamentos cuando se trata de personas que tengan una discapacidad acreditada con certificado válido, los pacientes internados y las embarazadas y niños hasta el primer año de vida.

Por ello es importante que en el caso de las personas con discapacidad, una vez que tramitan su certificado, lo presente de manera inmediata en la obra social para poder comenzar a recibir todas las coberturas en un 100 %, incluidos los medicamentos.

Respecto de todos los remedios para las demás situaciones se deben cubrir, como mínimo, en un 40 % siempre que se trate para usos ambulatorios.

Distinto es el caso de patologías crónicas prevalentes que se cubrirán en un 70 %. Para ello, hay que presentar la documentación en la prepaga y luego, en general, emiten una credencial que así lo acredita.

Hay que tener presente que la obligación de cubrir todos estos porcentajes es inmediata, es decir que no corresponde esperar. En caso que digan que va a demorar es necesario dejar constancia de ello y hacer el reclamo por escrito.

Dra. Silvana Alonso
Abogada – estudiosilvanaalonso@gmail.com
4371-4375 / 15-5622-3506

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